Normativa


  • DECRETO 5/2012, de 17 de enero, por el que se regula la autorización ambiental integrada y se modifica el Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada.
  • LEY 3/2014 y DECRETO LEY 5/2014, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas, modifican la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), en sus Artículos 7. Entre dichas modificaciones se sustituye el Anexo I de la Ley GICA por el Anexo III de la Ley y del Decreto Ley (Art. 7, punto Tres)
  • LEY 3/2015, de 29 de diciembre, de Medidas en Materia de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, de Aguas, Tributaria y de Sanidad Animal.

La gestión ambiental depende de la actividades y de los instrumentos de prevención y control que le sean de aplicación

La Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, creó la autorización ambiental unificada como figura de intervención ambiental cuyo principal objetivo es prevenir, evitar o, cuando esto no sea posible, reducir en origen la producción de residuos, las emisiones a la atmósfera, al agua y al suelo a través de un enfoque integrado y evaluación global de las incidencias ambientales de las actuaciones sometidas a la misma.
Constituye además un instrumento de seguimiento y control de las actividades con incidencia ambiental por parte de la Administración Autonómica. Con posterioridad el decreto Decreto 356/2010, de 3 de agosto, por el que se regula la autorización ambiental unificada, establece el régimen de organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. En este se detallan las categorías de actuaciones sometidas a los instrumentos de control y prevención ambiental.
Mas adelante la normativa básica se modifica por las que se detallan al margen
Las actividades que se desarrollan en el territorio andaluz pueden ser sometidas a uno de los siguientes instrumentos de prevención y control ambiental:
AAI: Autorización Ambiental Integrada.
AAU: Autorización Ambiental Unificada
EA: Evaluación Ambiental.
CA: Calificación Ambiental.

Servicios Técnicos

  • Estudios Previos y analsis de alternativas
  • Calificacion Ambiental
  • Autorización Ambiental Unificada e Integrada
  • Proyectos Técnicos de Actividad
  • Planes de Gestión de Residuos
  • Evaluación de Impacto Ambiental
  • Evaluación de Emisiones a la Atmósfera
  • Evaluación de Riesgos Naturales
  • Autorización de Vertidos
  • Autorización para actuaciones en el dominio público hidráulico
  • Autorización para actuaciones en el dominio público viario
  • Informes sobre suelos contaminados
  • Proyectos de Clausura
  • Evaluacion de Impacto en la Salud

Asesoramiento Ambiental

La consulta del anexo III nos pemitirá realizar una primera identificación del instrumento al que debe ser sometido la actividad.
La tramitación correspondiente, la redacción de los documentos que la acompañan y la aplicación de los criterios ambientales en los procesos industriales y de gestion es un trabajo que puede requerir de ayuda especializada.
Nosotros podemos prestársela.
Le ofrecemos apoyo técnico y administrativo para llevar adelante de la forma más eficiente el trámite que corresponda.
Una vez obtenida la autorización correspondiente le ofrecemos la posibilidad de externalizar la gestion y el seguimiento de sus obligaciones ambientales mediante una formula actual, económica y eficaz que se adapte a sus necesidades. Esto le puede permitir centrar su atención y esfuerzo en lo auténticamente nuclear de su negocio.
Le facilitamos el cumplimiento de los requisitos de su empresa, redactamos los documentos necesarios, intermediamos con la administración y le ayudamos a evaluar y a encontrar los mejores caminos para avanzar en su negocio, cumpliendo con el medio ambiente y con la normativa vigente. Actuamos como recurso propio sin necesidad de acudir a una relación laboral, mediante un contrato mercantil de asesoramiento, que nos permitirá atender sus consultas y vigilar que su empresa esté dentro del marco legal establecido por la normativa vigente de su sector, así como asistir en las inspecciones que realice la administración.

Acumulamos experiencia en el trato con las Consejerías de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de Fomento y Vivienda, de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.
Nos volcamos en el segimiento de los expedientes con el fin de evitar dilaciones innecesarias y acortar al máximo los plazos. Somos conscientes de la importancia que tiene para nuestros clientes la aglidad en los trámites.

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